Disposición final primera. Desarrollo reglamentario
Disposición final primera de la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia. · BOE-A-1996-21850
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-07-24.
Texto consolidado
El Consejo de Gobierno queda facultado para proceder al desarrollo reglamentario de cualquiera de los preceptos de la presente Ley que así lo requieran.
Se numera por el art. 7 de de la Ley 1/2008, de 21 de abril. Ref. BOE-A-2011-2209.
Su anterior denominación era disposición final.