Disposición final primera. Facultades de desarrollo y ejecución.
Disposición final primera de la Ley 33/1998, de 5 de octubre, de prohibición total de minas antipersonal y armas de efecto similar. · BOE-A-1998-23136
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-10-07.
Texto consolidado
Se autoriza al Consejo de Ministros para dictar las disposiciones necesarias en desarrollo de la presente Ley, a propuesta de los Ministros de Asuntos Exteriores, de Defensa y de Economía y Hacienda.