Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo de la Ley.
Disposición final primera de la Ley 3/2022, de 14 de junio, de Entidades Locales Menores. · BOE-A-2022-12386
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-22.
Texto consolidado
Se autoriza al Consejo de Gobierno y al Consejero/a competente en materia de Administración Local para que, en el ámbito de sus competencias, dicten cuantas disposiciones reglamentarias estimen necesarias para el desarrollo y aplicación de esta Ley y, en particular, para la modificación de la relación de Juntas Vecinales y Concejos incluidos en el Anexo de esta Ley.