Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 3/2000, de 26 de mayo, de Creación del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2000-12607
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-06-02.
Texto consolidado
Se faculta al Consejo de Gobierno para dictar las disposiciones reglamentarias que requiera el desarrollo y aplicación de la presente Ley, sin perjuicio de las instrucciones y circulares que el Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha pueda dictar para el correcto y coordinado funcionamiento propio y de las sociedades gestoras o filiales.