Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 3/1996, de 24 de septiembre, sobre Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y de la Comunicación. · BOE-A-1996-24876
Atención: Ley 3/1996 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el plazo de un año, las Administraciones Públicas elaborarán un catálogo de espacios y edificios de su titularidad pendientes de adaptación, así como un plan de actuación para el cumplimiento progresivo de lo dispuesto en la presente Ley. El catálogo y el plan serán remitidos al Consejo Asesor de Accesibilidad.