Disposición final primera. Modificación de la Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia.
Disposición final primera de la Ley 2/2024, de 7 de noviembre, de promoción de los beneficios sociales y económicos de los proyectos que utilizan los recursos naturales de Galicia. · BOE-A-2025-237
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-11-12.
Texto consolidado
Se añade una disposición adicional décima a la Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia, quedando redactada como sigue:
«Disposición adicional décima.
Sin perjuicio de lo establecido en el primer párrafo del apartado 1 del artículo 35, podrán convocarse de forma individualizada en cada provincia concursos relativos a recursos considerados como materias primas fundamentales o minerales críticos en los planes y programas europeos, estatales o autonómicos».
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