Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final primera de la Ley 2/2014, de 26 de noviembre, de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2014-13624
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-05.
Texto consolidado
1. Se autoriza al Gobierno de Cantabria para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en esta Ley.
2. En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno de Cantabria aprobará las normas reglamentarias necesarias para el desarrollo y cumplimiento del régimen económico y financiero regulado en esta Ley.