Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias. · BOE-A-1998-10523
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-04-18.
Texto consolidado
Se autoriza al Gobierno de Canarias a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.