Disposición final primera. Adaptaciones presupuestarias.
Disposición final primera de la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social. · BOE-A-2011-15732
Atención: Ley 18/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se habilita al Gobierno Vasco para realizar, a través de su departamento competente en materia de presupuestos, las adecuaciones y/o adaptaciones necesarias para la financiación de las prestaciones económicas reguladas en la presente ley.