Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 17/1975, de 2 de mayo, sobre creación del Organismo autónomo «Registro de la Propiedad Industrial». · BOE-A-1975-9248
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1975-05-06.
Texto consolidado
En el plazo de seis meses, contados a partir de la publicación de la presente Ley, el Ministerio de Industria someterá a la aprobación del Consejo de Ministros al Reglamento Orgánico del Registro de la Propiedad Industrial.