Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 14/2002, de 11 de julio, de Ordenación y Fomento de la Artesanía. · BOE-A-2002-18103
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-08-13.
Texto consolidado
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para llevar a cabo los desarrollos reglamentarios pertinentes de la misma, así como para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de esta Ley.