Disposición final primera. Efectos de la Ley sobre los colectivos profesionales.
Disposición final primera de la Ley 12/2017, de 6 de julio, de la arquitectura. · BOE-A-2017-9366
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-08-02.
Texto consolidado
La presente ley no implica en ningún caso ni reserva de actividad, ni ampliación o restricción de competencias a ningún colectivo profesional, ni altera las atribuciones que les confieren las leyes vigentes.