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Ley Vigente

Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.

Disposición final primera de la Ley 12/2007, de 24 de abril, de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias. · BOE-A-2007-11675

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-06-03.

Texto consolidado

1. El Gobierno de Canarias dictará las normas reglamentarias y disposiciones administrativas que requiera el desarrollo y aplicación de esta ley.

2. No obstante, en tanto se produce el desarrollo reglamentario a que se refiere el anterior apartado, continuará en vigor el Decreto 113/1998, de 23 de julio, por el que se establecen las obligaciones de servicio público a que se someten determinadas líneas regulares de cabotaje marítimo interinsular de la Comunidad Autónoma de Canarias, en cuanto sea compatible con lo dispuesto por esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-06-03.

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