Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 12/1985, de 13 de junio, de Espacios Naturales. · BOE-A-1985-14282
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-07-18.
Texto consolidado
Los espacios que con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley hayan sido objeto de alguna de las modalidades de protección establecidas por la Ley 15/1975, de 2 de mayo, mantendrán el régimen de las declaraciones respectivas. Quedará modificada la denominación de los siguientes:
a) Los parajes naturales de interés nacional de la zona volcánica de la Garrotxa y de los «aiguamolls» del Empordà, adoptarán la denominación de parque natural.
b) Las reservas integrales de interés científico de la zona volcánica de la Garrotxa y de los «aiguamolls» del Empordà, se convertirán en reservas naturales.