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Ley Vigente

Disposición final primera. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre.

Disposición final primera de la Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021. · BOE-A-2021-21313

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-26.

Texto consolidado

Con efectos desde la entrada en vigor de esta ley y vigencia indefinida se modifica el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, de la siguiente forma:

Uno. Se introduce un nuevo apartado 3 al artículo 33, con la siguiente redacción:

«3. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Española, en todo caso, se entenderán prorrogados los créditos de la Sección 02 "Deuda Pública", atendiendo a los compromisos debidamente adquiridos antes de la fecha de inicio de la prórroga a los que se deba hacer frente durante la duración de la misma.»

Dos. El actual apartado 3 del artículo 33 pasa a renumerarse como apartado 4.

Tres. Se añade un último párrafo al apartado 1 del artículo 49, con la siguiente redacción:

«Corresponde al titular de la consejería competente en materia de función pública la gestión en todas sus fases de los créditos consignados para la restitución de gastos procesales, de conformidad con el artículo 2.3 de la Ley 4/2004, de 22 de octubre, de asistencia jurídica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, cualquiera que sea la sección presupuestaria donde se produzcan, excepto los producidos en la Asamblea Regional.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-06-26.

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