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Ley Vigente

Disposición final primera. Modificación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Disposición final primera de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía. · BOE-A-2014-7534

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-30.

Texto consolidado

El artículo 31 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, queda redactado como sigue:

«Artículo 31. Transparencia.

1. El Gobierno actuará en su funcionamiento con transparencia y hará público con carácter previo a la celebración de sus reuniones el orden del día previsto y, una vez celebradas, los acuerdos que se hayan aprobado.

2. En todo caso, las deliberaciones del Consejo de Gobierno, así como las opiniones o votos emitidos en él, tendrán carácter secreto, estando obligados sus integrantes a mantener dicho carácter, aun cuando hubieran dejado de pertenecer al Consejo de Gobierno.

3. La información contenida en los expedientes de los asuntos sometidos al Consejo de Gobierno estará sujeta a los criterios y reglas generales de acceso establecidos en la legislación en materia de transparencia, aplicándose estos por las consejerías que los hayan tramitado.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-30.

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