Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 1/1986, de 7 de enero, de ordenación de la Enseñanza Musical en Canarias. · BOE-A-1986-8627
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-02-09.
Texto consolidado
En el plazo de tres meses, a partir de la promulgación de la presente Ley, se procederá por la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias a constituir el Consejo Canario de la Enseñanza Musical.