Disposición final primera. Modificación de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía.
Disposición final primera del Decreto-ley 24/2020, de 22 de septiembre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan medidas en materia de empleo y servicios sociales, como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19). · BOJA-b-2020-90385
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-09-23.
Texto consolidado
Se modifica el artículo 28.23.ª de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, que queda redactado como sigue:
«Artículo 28. Funciones de los servicios sociales comunitarios.
Son funciones de los servicios sociales comunitarios:
23.ª La participación en la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia, de acuerdo con la normativa reguladora y dentro de las competencias que la legislación vigente les atribuye.»
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