Disposición final primera. Habilitación normativa.
Disposición final primera del Decreto-ley 2/2018, de 11 de diciembre, de medidas urgentes para el restablecimiento de los derechos del personal al servicio de la Administración de la Junta de Extremadura en las situaciones de incapacidad temporal, y por el que se extienden las mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social a las situaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia. · BOE-A-2019-1794
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-12.
Texto consolidado
1. Se faculta al Consejo de Gobierno para que dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la ejecución y desarrollo del presente decreto-ley.
2. Se faculta a la titular de la Consejería competente en materia de Administración Pública y Hacienda para dictar cuantos actos e instrucciones sean necesarios para la ejecución del presente decreto-ley.
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