Disposición final primera. Ejecución y desarrollo.
Disposición final primera del Decreto-ley 14/2020, de 22 de julio, de medidas para la activación de la demanda en la Comunidad Autónoma de Extremadura tras la crisis sanitaria. · BOE-A-2020-9744
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-28.
Texto consolidado
Se habilita a las personas titulares de las Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y Consejería para la Transición Ecológica y la Sostenibilidad, cada una en el ámbito de sus competencias, a dictar cuantos actos e instrucciones sean necesarias para la ejecución de lo dispuesto en este decreto-ley.