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Decreto-ley Vigente 3 redacciones

Disposición final primera.

Disposición final primera del Decreto-ley 1/2015, de 24 de marzo, de medidas extraordinarias y urgentes para la movilización de las viviendas provenientes de procesos de ejecución hipotecaria. · BOE-A-2015-6016

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

Texto consolidado

Las medidas de intervención a las que se refieren los artículos 2 y 4 se establecen con carácter temporal. El ejercicio de estas medidas se limita a los veinticuatro años siguientes a la entrada en vigor del presente decreto ley.

La vigencia de la medida sancionadora prevista en el artículo 3 también se establece con un carácter temporal máximo de seis años desde el día siguiente al de la publicación del Decreto ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2026-5547.

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