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Decreto Legislativo Vigente

Disposición final primera. Regulación de actividades profesionales específicas.

Disposición final primera del Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón. · BOA-d-2013-90259

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-14.

Texto consolidado

Cuando el desarrollo de determinadas actividades dificulte el cumplimiento de las prescripciones de esta Ley o genere un perjuicio para los intereses generales, se regularán las condiciones bajo las cuales habrán de ejercerse dichas actividades, incluyendo medidas que eviten el intrusismo profesional en el ejercicio de las mismas por parte de sujetos que no cumplan la reglamentación aplicable.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-12-14.

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