Disposición final. Entrada en vigor.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-13.
Texto consolidado
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
No obstante, los apartados tres, cuatro, cinco y seis de su artículo primero no será de aplicación hasta el 23 de noviembre de 2020 y lo dispuesto en su artículo segundo no será de aplicación hasta el 1 de septiembre de 2020.
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