El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto-ley Vigente

Disposición final octava. Modificación del Real Decreto 1044/1985, de 19 de junio, por el que se regula el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único por el valor actual de su importe, como medida de fomento del empleo.

Disposición final octava del Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo. · BOE-A-2024-10235

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-23.

Texto consolidado

Se añade un apartado 3 en el artículo 7 del Real Decreto 1044/1985, de 19 de junio, por el que se regula el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único por el valor actual de su importe, como medida de fomento del empleo, que queda redactado en los siguientes términos:

«3. Se acreditará que las cantidades percibidas han quedado debidamente afectadas al proyecto de inversión a realizar o a la incorporación como socios a cooperativas de trabajo asociado o sociedades laborales mediante la presentación de la documentación correspondiente que justifique las operaciones realizadas y cantidades abonadas, junto con la justificación del traspaso efectivo del capital que evidencie la realidad de cada una de las operaciones anteriores.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-05-23.

Más artículos de Real Decreto-ley 2/2024

En El Vínculo puedes leer Real Decreto-ley 2/2024 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.