Disposición final decimoquinta. Modificación de Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales.
Disposición final decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. · BOE-A-2025-76
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-03.
Texto consolidado
Se modifica el artículo 18 de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, que queda redactado como sigue:
«Artículo 18. Cláusulas de resolución extrajudicial de conflictos.
El contrato social podrá establecer que las controversias derivadas del mismo que surjan entre los socios, entre socios y administradores, y entre cualesquiera de éstos y la sociedad, incluidas las relativas a separación, exclusión y determinación de la cuota de liquidación, sean sometidas a arbitraje o cualquier otro medio adecuado de solución de controversias, de acuerdo con las normas reguladoras de la institución».
Más artículos de Ley Orgánica 1/2025
- ← Disposición final decimocuarta. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de la…
- → Disposición final decimosexta. Modificación del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores…
- Ver la norma completa: Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.