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Decreto-ley Derogada

Disposición final decimoquinta. Modificación de la Ley 13/2012, de 20 de noviembre, de Medidas Urgentes para la Activación en Materia de Industria y Energía, Nuevas Tecnologías, Residuos, Aguas, Otras Actividades y Medidas Tributarias.

Disposición final decimoquinta del Decreto-ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19. · BOE-A-2020-8011

Atención: Decreto-ley 8/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se modifica el apartado 1 del artículo 2, que queda redactado con el tenor literal siguiente:

«1. Las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables (energía eólica, solar o hidráulica, biomasa, energía procedente del mar u otras de similares) según su interés energético o de aprovechamiento de espacios degradados, podrán ser declaradas de utilidad pública por la dirección general competente en materia de energía.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-05-15.

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