Disposición final cuarta. Título competencial.
Disposición final cuarta del Real Decreto 618/2020, de 30 de junio, por el que se establecen mejoras en las condiciones de trabajo en el sector pesquero. · BOE-A-2020-7044
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-03.
Texto consolidado
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.7.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las comunidades autónomas.
De esta competencia se exceptúan los artículos 6 y 7, así como los anexos I y II, que se dictan al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.20.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre marina mercante y la disposición final tercera que tiene carácter de norma básica de ordenación del sector pesquero, y que se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 149.1.19.ª de la Constitución.
Más artículos de Real Decreto 618/2020
- ← Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos p…
- → Disposición final quinta. Desarrollo normativo, ejecución y aplicación.
- Ver la norma completa: Real Decreto 618/2020, de 30 de junio, por el que se establecen mejoras en las condiciones de trabajo en el sector pesquero.