Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
El presente real decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 2023.
Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2023 por el art. 6.2 del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio. Ref. BOE-A-2022-12482
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad..
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