Disposición final cuarta. Desarrollo normativo.
Disposición final cuarta del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2010-653
Atención: Real Decreto 35/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se autoriza al Ministro de Defensa a dictar en el ámbito de sus competencias cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación de este real decreto, así como a modificar la tabla de títulos del anexo II del Reglamento que se aprueba.
Las normas que por parte del Ministro de Defensa se dicten para regular los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación sin exigencia de titulación universitaria previa para la incorporación a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, tomarán, con aquellas adaptaciones que fueran necesarias, como referencia las que se determinan para el ingreso directo y por promoción sin exigencia de titulación universitaria para el acceso a la escala de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-10265.