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Real Decreto Derogada

Disposición final cuarta. Desarrollo normativo.

Disposición final cuarta del Real Decreto 302/2011, de 4 de marzo, por el que se regula la venta de productos a liquidar por diferencia de precios por determinadas instalaciones de régimen especial y la adquisición por los comercializadores de último recurso del sector eléctrico. · BOE-A-2011-4119

Atención: Real Decreto 302/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se autoriza al Ministro de Industria, Turismo y Comercio para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones de desarrollo que resulten indispensables para asegurar la adecuada aplicación de este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-03-06.

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