Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 210/2004, de 6 de febrero, por el que se establece un sistema de seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo.
Disposición final cuarta del Real Decreto 1334/2012, de 21 de septiembre, sobre las formalidades informativas exigibles a los buques mercantes que lleguen a los puertos españoles o que salgan de éstos. · BOE-A-2012-11895
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-09-23.
Texto consolidado
El párrafo primero del apartado 2.1.1 del anexo III del Real Decreto 210/2004, de 6 de febrero, por el que se establece un sistema de seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo, se modifica en los siguientes términos:
«2.1.1 Sistema nacional de SafeSeaNet: Puertos del Estado establecerá y mantendrá el sistema nacional de SafeSeaNet, que permite el intercambio de información marítima entre los usuarios autorizados, bajo la responsabilidad del Ministerio de Fomento, que será la Autoridad Nacional competente de España (ANC).»
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