Disposición final cuarta. Habilitación para el desarrollo normativo.
Disposición final cuarta del Real Decreto 1082/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen especialidades para la aplicación de las normas sobre tiempos de conducción y descanso en el transporte por carretera desarrollado en islas cuya superficie no supere los 2.300 kilómetros cuadrados. · BOE-A-2015-246
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-13.
Texto consolidado
Se autoriza al Ministro de Fomento para dictar, conjunta o separadamente con los Ministros del Interior, de Empleo y Seguridad Social y de Industria, Energía y Turismo, las disposiciones que sean precisas para el desarrollo de este real decreto.
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