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Orden Derogada

Disposición final cuarta. Autorizaciones a la Dirección General de Presupuestos.

Disposición final cuarta de la Orden HAC/641/2020, de 14 de julio, por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 2021. · BOE-A-2020-7863

Atención: Orden HAC/641/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se autoriza a la Dirección General de Presupuestos para:

a) Dictar las normas y realizar las modificaciones que procedan en lo referente a las estructuras por programas y económica, así como a los criterios de imputación de gastos e ingresos.

b) Recabar los informes y estados justificativos necesarios para determinar con exactitud la realidad económico-financiera de los centros gestores incluidos en el Presupuesto.

c) Establecer los soportes de recogida de información y el formato de la documentación a que se hace referencia en el artículo 7 de la presente Orden.

d) Desarrollar la metodología sobre alineamiento de programas de gasto con los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030.

e) Concretar planes o actuaciones adicionales que den lugar a información específica de determinados créditos o programas, a iniciativa propia o a propuesta de los departamentos ministeriales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-07-16.

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