Disposición final cuarta. Autorización de desarrollo.
Disposición final cuarta de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. · BOE-A-2006-7677
Atención: Ley 9/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El Gobierno, en el ámbito de sus competencias, dictará cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo de lo establecido en esta ley.
2. Asimismo, se autoriza al Gobierno a adaptar los anexos a las modificaciones que, en su caso, sean introducidas por la normativa comunitaria.
3. Los titulares de los Ministerios afectados y el Ministerio de Medio Ambiente elaborarán las instrucciones técnicas precisas para facilitar la aplicación de esta ley.