Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Disposición final cuarta de la Ley 5/2016, de 6 de mayo, de cuentas abiertas para la Generalitat Valenciana. · BOE-A-2016-5204
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-01.
Texto consolidado
1. En el plazo de nueve meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta ley se harán públicas la totalidad de las cuentas cuya titularidad corresponda a la administración de la Generalitat en los términos previstos en el artículo 2 de esta ley.
2. Los entes del sector público instrumental de la Generalitat y los restantes entes definidos en el ámbito subjetivo de aplicación dispondrán de un plazo de doce meses para el cumplimiento íntegro de lo dispuesto en esta ley.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 13/2016, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat..