Disposición final cuarta. Mandatos de elaboración de normas.
Disposición final cuarta de la Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. · BOE-A-2024-23271
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-11-10.
Texto consolidado
Los órganos de las administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, dictarán las disposiciones necesarias para la adaptación de su normativa específica a lo dispuesto en esta ley en el plazo de un año desde su entrada en vigor.
Se modificarán los Reglamentos Generales de Vehículos y de Circulación a fin de otorgar a los vehículos oficiales de los agentes forestales y medioambientales la consideración de vehículo prioritario de policía administrativa especial y de emergencias y regular el empleo por los mismos de la señal que corresponda.