Disposición final cuarta. Título competencial.
Disposición final cuarta de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego. · BOE-A-2021-11473
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-11.
Texto consolidado
Esta Ley se dicta al amparo de las competencias del Estado establecidas en el artículo 149.1.10.ª, 11.ª, 13.ª y 14.ª de la Constitución Española, que atribuyen al Estado las competencias en materia de «régimen aduanero y arancelario; comercio exterior», «bases de la ordenación de crédito, banca y seguros», «bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica» y «Hacienda general», respectivamente.
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- Ver la norma completa: Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego.