Disposición final cuarta. Desarrollo y ejecución.
Disposición final cuarta del Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba una línea de subvenciones destinadas a las Entidades Locales Autónomas Andaluzas para la financiación de actuaciones relacionadas con el desarrollo y ejecución de sus competencias, y se modifican varios decretos-leyes. · BOJA-b-2021-90167
Atención: Decreto-ley 8/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se autoriza a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de régimen local, en el ámbito de sus competencias, a adoptar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de lo previsto en el presente Decreto-ley.
Si por error o causas sobrevenidas se alterasen las entidades o cualesquiera circunstancias tenidas en consideración en el cálculo de las asignaciones establecidas en el Anexo I, la persona titular de la Consejería con competencias en materia de régimen local queda habilitada para recalcular, en su caso, las asignaciones efectuadas, modificando el mencionado Anexo en lo que resultase procedente.
Asimismo, la persona titular de la Consejería competente en materia de régimen local queda habilitada para modificar los formularios recogidos como Anexos II y III de este Decreto-ley.
Más artículos de Decreto-ley 8/2021
- ← Disposición final tercera. Modificación del Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril, por el que se adoptan medidas urgente…
- → Disposición final quinta. Entrada en vigor y vigencia.
- Ver la norma completa: Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba una línea de subvenciones destinadas a las Entidades Locales Autónomas Andaluzas para la financiación de actuaciones relacionadas con el desarrollo y ejecución de sus competencias, y se modifican varios decretos-leyes.