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Real Decreto Vigente

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Disposición derogatoria única del Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, por el que se establecen medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la Política Agraria Común. · BOE-A-2002-14722

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-24.

Texto consolidado

1. Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto y, en particular, las siguientes:

a) Los artículos 8, 9, 10, 14 y 15 del Real Decreto 3482/2000.

b) Los artículos 5, 6, 8, 10, 11, 12, 13, 19 y 20 del Real Decreto 4/2001.

c) Los artículos 13, 15, 17 y 18 del Real Decreto 5/2001.

d) Los artículos 3, 8, 9, 10, 14 y 15 del Real Decreto 6/2001.

2. Se sustituye el anexo I del Real Decreto 3482/2000 por el anexo I del presente Real Decreto.

3. Se sustituyen los anexos I, II y III del Real Decreto 4/2001 por los anexos I, II y III del presente Real Decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-07-24.

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