Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única del Real Decreto 222/2001, de 2 de marzo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 1999/36/CE, del Consejo, de 29 de abril, relativa a equipos a presión transportables. · BOE-A-2001-4298
Atención: Real Decreto 222/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
A partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto, quedan derogadas las disposiciones que se refieren a los equipos a presión transportables comprendidos en su ámbito de aplicación contenidas en los Reales Decretos 473/1988, de 30 de marzo, y 1244/1979, de 4 de abril, sin perjuicio de su aplicación a los aparatos acogidos a la disposición transitoria primera.
Más artículos de Real Decreto 222/2001
- ← Disposición transitoria segunda. Incorporación de prescripciones técnicas al ADR y RID.
- → Disposición final primera. Facultad de desarrollo.
- Ver la norma completa: Real Decreto 222/2001, de 2 de marzo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 1999/36/CE, del Consejo, de 29 de abril, relativa a equipos a presión transportables.