Disposición derogatoria única. Alcance de la derogación normativa.
Disposición derogatoria única del Real Decreto 1905/1995, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la distribución al por menor de carburantes y combustibles petrolíferos en instalaciones de venta al público y se desarrolla la disposición adicional primera de la Ley 34/1992. de 22 de diciembre, de ordenación del sector petrolero. · BOE-A-1995-27427
Atención: Real Decreto 1905/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
A la entrada en vigor del presente Real Decreto quedan derogados el Real Decreto 645/1988, de 24 de junio; la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 29 de julio de 1988, y las demás disposiciones de igual o inferior rango, en cuanto se opongan al mismo.
Más artículos de Real Decreto 1905/1995
- ← Disposición transitoria única. Autorizaciones de instalaciones existentes.
- → Disposición final primera. Desarrollo normativo.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1905/1995, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la distribución al por menor de carburantes y combustibles petrolíferos en instalaciones de venta al público y se desarrolla la disposición adicional primera de la Ley 34/1992. de 22 de diciembre, de ordenación del sector petrolero.