Disposición derogatoria única. Normas derogadas.
Disposición derogatoria única del Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro. · BOE-A-2006-22169
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-01.
Texto consolidado
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto. Quedan expresamente derogados el Real Decreto 1995/1978, de 12 de mayo, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social, y la lista de enfermedades profesionales que figura como su anexo, así como el cuadro de enfermedades profesionales y la lista de trabajos con riesgo de producirlas, que figura como anexo al Decreto 3772/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.
Más artículos de Real Decreto 1299/2006
- ← Disposición transitoria única. Aplicación transitoria de la normativa de comunicación y tramitación de las enfermedad…
- → Disposición final primera. Elaboración de criterios técnicos.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro.