Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única del Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre, por el que se regulan la composición y funciones de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General Judicial. · BOE-A-2006-19175
Atención: Real Decreto 1206/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Quedan derogadas las siguientes disposiciones:
a) El capítulo I del Reglamento de la Mutualidad General Judicial aprobado por el Real Decreto 3283/1978, de 3 de noviembre.
b) El Real Decreto 2703/1981, de 19 de octubre, por el que se estructura orgánicamente la Mutualidad General Judicial.
c) El artículo 2 del Real Decreto 1810/1994, de 5 de agosto, por el que se adecuan los procedimientos de Mutualismo Judicial y Fondo Especial General Judicial a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Igualmente, quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a este real decreto.
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