Disposición derogatoria única. Derogación del Real Decreto 292/2004, de 20 de febrero.
Disposición derogatoria única del Real Decreto 1163/2005, de 30 de septiembre, por el que se regula el distintivo público de confianza en los servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, así como los requisitos y el procedimiento de concesión. · BOE-A-2005-16699
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-10-09.
Texto consolidado
Se deroga el Real Decreto 292/2004, de 20 de febrero, por el que se crea el distintivo público de confianza en los servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico y se regulan los requisitos y procedimiento de concesión.
Más artículos de Real Decreto 1163/2005
- ← Disposición transitoria segunda. Período transitorio.
- → Disposición final primera. Título y habilitación competencial.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1163/2005, de 30 de septiembre, por el que se regula el distintivo público de confianza en los servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, así como los requisitos y el procedimiento de concesión.