Disposición derogatoria única.
Disposición derogatoria única de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. · BOE-A-2000-23660
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-12-21.
Texto consolidado
1. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a esta ley y, en especial, el apartado 4 del artículo único del Real Decreto 864/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre.
2. Queda igualmente derogado el apartado D del artículo 5.III de la Ley 7/1987, de 29 de mayo, de tasas consulares.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2003-21187.