El Vínculo El Vínculo.
Ley Orgánica Vigente

Disposición derogatoria única.

Disposición derogatoria única de la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de Represión del Contrabando. · BOE-A-1995-26836

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-12-14.

Texto consolidado

1. Quedan derogados la Ley Orgánica 7/1982, de 13 de julio, que modifica la legislación vigente en materia de contrabando y regula los delitos e infracciones administrativas en la materia; el artículo primero de la Ley Orgánica 3/1992, de 30 de abril, que establece supuestos de contrabando en materia de exportación de material de defensa o de doble uso, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Ley.

2. En tanto que por el Gobierno no se aprueben las disposiciones reglamentarias de desarrollo de la presente Ley, el Real Decreto 971/1983, de 16 de febrero, que desarrolla el Título II de la Ley Orgánica 7/1982, de 13 de julio, continuará en vigor en todo aquello que no se oponga a la presente Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-12-14.

Más artículos de Ley Orgánica 12/1995

En El Vínculo puedes leer Ley Orgánica 12/1995 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.