Disposición derogatoria única.
Disposición derogatoria única de la Ley 7/2000, de 23 de noviembre, de Ordenación del Aprovechamiento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras. · BOE-A-2001-428
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-12-25.
Texto consolidado
A la entrada en vigor de la presente Ley queda expresamente derogado el capítulo I del título III de la Ley 9/1985, de 18 de diciembre, de Tasas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, actualmente vigente conforme a lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la Ley 3/1990, de 18 de mayo, de Tasas y Precios Públicos.