Disposición derogatoria única. Derogación expresa.
Disposición derogatoria única de la Ley 6/2023, de 23 de febrero, de protección y modernización de la agricultura social y familiar y del patrimonio agrario de Aragón. · BOE-A-2023-7735
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-02.
Texto consolidado
1. Quedan derogadas las siguientes disposiciones:
a) La Ley 14/1992, de 28 de diciembre, de patrimonio agrario de la Comunidad Autónoma de Aragón y de medidas específicas de reforma y desarrollo agrario.
b) La Ley 6/1994, de 30 de junio, de financiación agraria de la Comunidad Autónoma de Aragón.
c) La Ley 6/2004, de 9 de diciembre, por la que se establecen medidas en materia de expropiación forzosa para actuaciones de mejora y creación de regadíos.
d) La disposición adicional octava de la Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
e) Aquellos decretos de declaración de utilidad pública y urgente ejecución de zonas de concentración parcelaria anteriores al 1 de enero de 2000, con la excepción de los que constan en el anexo I, en los que están los trabajos iniciados.
2. Quedan derogadas otras disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan o contradigan a lo dispuesto en la presente ley.
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