Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única de la Ley 5/1996, de 10 de enero, de creación de determinadas entidades de derecho público. · BOE-A-1996-754
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-01-13.
Texto consolidado
En la forma, plazo y con los efectos que resultan del artículo 1 y de la disposición transitoria primera de esta Ley y, en todo caso, con fecha 31 de julio de 1995, quedarán derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo previsto en esta Ley y, en particular, las siguientes:
Ley de 25 de septiembre de 1941, de Creación del Instituto Nacional de Industria.
Decreto-ley 20/1970, de 24 de diciembre.
Ley 45/1981, de 28 de diciembre, de Creación del Instituto Nacional de Hidrocarburos.
Artículo 123 de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989.