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Ley Vigente

Disposición derogatoria única. Derogación y vigencia normativa.

Disposición derogatoria única de la Ley 4/2011, de 23 de marzo, de bibliotecas de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-6876

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-26.

Texto consolidado

1. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente ley.

2. Quedan derogadas expresamente las siguientes disposiciones:

a) La Ley 10/1986, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de Organización Bibliotecaria de la Comunitat Valenciana.

b) El Decreto 5/1985, de 8 de enero, del Consell, por el que se creó la Biblioteca Valenciana.

c) El Decreto 33/2010, de 12 de febrero, del Consell, de modificación del Decreto 5/1985, de 8 de enero, del Consell, por el que se creó la Biblioteca Valenciana.

d) Decreto 119/2005, de 24 de junio, del Consell, por el que se dictaron normas para la creación de centros de lectura pública municipales en la Comunitat Valenciana.

3. Queda vigente la siguiente disposición:

Resolución de 11 de octubre de 2005, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, por la que se establecen las recomendaciones técnicas para la creación y renovación de infraestructuras en centros de lectura pública.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-03-26.

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